miércoles, 29 de agosto de 2012

INFORME DE INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN ARGENTINA

1º DE ENERO AL 30 DE JUNIO de 2012 Estos datos corresponden al informe de Investigación de Femicidios en Argentina, que abarca el período 1º de Enero al 30 de Junio de 2012 y han sido recopilados de las Agencias informativas: Télam y DyN y 120 diarios de distribución nacional y/o provincial así, como el seguimiento de cada caso en los medios. En el presente informe de Investigación de Femicidios en Argentina que abarca el periodo 1º de Enero al 30 de Junio de 2012, se registran: · 119 Femicidios y Femicidios “Vinculados” de mujeres y niñas. · 11 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños. · 161 Hijas e hijos de mujeres asesinadas por violencia de género. Víctimas colaterales del Femicidio Del Informe de Investigación sobre Femicidios en Argentina, elaborado por el “Observatorio de Femicidios en Argentina Adriana Marisel Zambrano”, coordinado por La Asociación Civil La Casa del Encuentro, se destacan los siguientes resultados: En los registros realizados, no están contemplados por la insuficiente información que surgen de los medios de comunicación los siguientes casos: · Mujeres que ingresaron a los hospitales con evidencia de violencia sexista, pero al fallecer en sus certificados de defunción figura muerte por paro cardiorrespiratorio u otro causal, invisibilizando la violencia que generó el cuadro traumático. · · Mujeres que mueren por abortos clandestinos. · Mujeres que aparecen en las noticias como muertas por suicidio, pero que han padecido previamente una situación de violencia sexista en sus vidas. Con este Informe de Investigación, estamos solicitando y remarcando la necesidad de: · Existencia de estadísticas oficiales sobre violencia hacia las mujeres incluyendo los índices de femicidios, articuladas con la sociedad civil. · Incorporación en el Código Penal de la figura de Femicidio, como una figura penal autónoma. Pérdida automática y definitiva de la patria potestad del femicida, no así de sus obligaciones alimentarías. · Adhesión de todas las provincias a la LEY Nº 26.485. Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales. · Dialogo / Pacto y Consenso Social Político para diseñar un Plan Nacional para la erradicación de la violencia de género, compuesto por el Ejecutivo Nacional, Ejecutivos Provinciales, Poder Judicial, Poderes Legislativos, Fuerzas de seguridad, Universidades, Asociaciones Sindicales, Partidos Políticos y Organizaciones de la Sociedad Civil. · Tratamiento prioritario y urgente para leyes que en las Cámaras Legislativas Nacionales y Provinciales contemplen prevención, asistencia directa y sanciones. · Apertura de Oficinas de Violencia domestica de la Corte Suprema de Justicia en todas las provincias. · Protección integral y efectiva desde una perspectiva de género para la mujer víctima de violencia. · Garantizar el acceso a la justicia con patrocinios jurídicos gratuitos en todo el país especializados y capacitados en la temática · Existencia de mayor cantidad de Hogares Refugios, Hogares de Día para víctimas, con una asistencia interdisciplinaria, desde una perspectiva de género con el objetivo no solo de proteger en la emergencia sino también fortalecer a las victimas para que puedan de esta forma rearmar un proyecto de vida libre de violencia · Intensificar campañas de prevención e información. · Asignación de un subsidio habitacional y de alimentación para las víctimas de violencia otorgado por el Estado Nacional. · Implementación de un número telefónico único y gratuito a nivel nacional, para denuncias, orientación y derivación en violencia de género. · Asignación de Presupuesto acorde para poder implementar en su totalidad la LEY N º 26.485 “Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”. · Incorporación en todas las curriculas educativas de los diferentes niveles la temática de violencia sexista · Capacitaciones obligatorias a efectores profesionales que trabajen con la temática de violencia en diferentes dependencias gubernamentales de todo el país · Modificación de la Ley de Ministerios para la creación de un Ministerio de Igualdad de oportunidades y asignar mas presupuesto a todas las dependencias que son órgano de aplicación en la temática de genero o derechos de las mujeres y la familia Es necesario considerar a la violencia sexista, como una cuestión política, social, cultural y de Derechos Humanos, de esta forma se podrá ver la grave situación que viven las mujeres, niñas y niños en la Argentina como una realidad colectiva por la que se debe actuar de manera inmediata. OBSERVATORIO DE FEMICIDIOS EN ARGENTINA “ADRIANA MARISEL ZAMBRANO” Coordinado por La Asociación Civil La Casa del Encuentro

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